sábado, 27 de octubre de 2012

ALCAPONE ARGENTINO CON TITULO





¿OLA?

AL MUNDO DE LOS MIKEY MAUSE 

DE LOS 

SINDICALISTA  Y POLITICOS




BONO de PARTICIPACIÓN en las UTILIDADES 



La conducción Azul y Blanca nos está pidiendo nuevamente el aval político y esta vez también legal  para dar comienzo a una acción  individual y colectiva en nuestro nombre y mediante su representación.

Creemos que al día de la fecha y como está planteado  el aval político resultaría  innecesario en la medida que es obligación de esta conducción realizar todas las medidas necesarias en función de su rol de representante y sobre todo por el compromiso  adquirido desde que fueron electos en las elecciones del 2009.

En efecto, hace más de 3 años que  se realizo el compromiso durante la  campaña electoral en el 2009  de  "obligar a las empresas a que paguen los Bonos…" y la Comisión Administrativa Azul y Blanca  en las postrimerías del año, a poco de la culminación de su gestión,  reacciona  con este  tibio comienzo. No Obstante más vale tarde que nunca.

Aunque valen algunas reflexiones. Si el pedido de mandato legal es para realizar juicios por  la mora en el cumplimiento de pago empresario, aunque se haya tomado con atraso, en hora buena, para aquellos compañeros que no realizaron la petición judicial. Esta  es la oportunidad de hacerlo, En  este sentido  es dable recalcar que aquel que ya tiene encaminado el juicio se encuentra en una situación de "litis pendencia" que de confundirse otorgando un nuevo poder, terminara  adquiriendo un doble compromiso de cuota litis (Tendrá que abonar doble honorario). .

Ahora bien  si el pedido de mandato legal es para judicializar un "reclamo a futuro"  en nombre de  todos los trabajadores en actividad,  hayamos hecho o no juicio,   también es importante aclarar que los que tenemos juicios encarados, (desde el punto de vista estrictamente lega),  tampoco haría falta entregar un nuevo mandato a otros abogados por un reclamo a realizar que se ajuste solamente al·"reconocimiento futuro del derecho de los trabajadores".
Esto es así porque los  que iniciamos el  juicio por incumplimiento de la obligación de abonar utilidades, cuando haya concluido nuestro juicio con  su sentencia favorable  la misma tendrá  efectos " hacia atrás y también hacia adelante" o sea tendrá  resultado por los periodos adeudados y establecerá el porcentaje ( y el monto en que se traduce) desde la sentencia  y en adelante todos  los años en que las empresas tengan ganancias y nosotros los trabajadores estemos en actividad. Motivo por el cual  también es oportuno decir, que suena incomprensible  la manera de reclamar legalmente  haciendo esta división forzosa (hacia atrás y hacia adelante) que hace la conducción Azul y Blanca-

Ahora si la intención es otro aval político-legal para "negociar" se hace necesario compañeros  prestarle mucha atención a firmar una carta poder otorgando mandato a los representantes legales del Sindicato (creemos que es el estudio de la Dra,Vilas) para  que" inicie y prosiga hasta su total terminación por sentencia o conciliación" un reclamo judicial sin saber  ( porque no se estipula) cuanto estamos solicitando.

Mejor dicho no se dice que es por el 10% de participación en las utilidades  tal y como dice  la  Resolución 219/94 del Ministerio de Trabajo, que establece: "Fijase como coeficiente de distribución de los bonos de participación en las ganancias previstos en el artículo 29 de la ley 23.696

Como todos sabemos (Los Trabajadores, Las Conducciones de todos los Sindicatos de la actividad, las Empresas y también los integrantes de la Justicia) cualquiera sea el porcentaje que se establezca por sentencia o acuerdo conciliatorio o extrajudicial entre FOETRA y LAS EMPRESAS el mismo tendrá influencia (no taxativa pero la tendrá) en los posibles  resultados de los juicios pendientes. Y esto merece nuestra particular atención  a  la luz de experiencias vividas con otros reclamos, que como este comenzaron siendo individuales que  luego fue tomado por el gremio y los acuerdos extrajudiciales surgidos  no colmaron  las expectativas de una franja importante de trabajadores, Tal fue el caso del Articulo 15..

Es importante decir  entonces, que ante  cualquier posibilidad de acuerdo conciliatorio, extrajudicial encarado por los representantes legales este no debería  ser  menor al 10 % de las utilidades empresarias y a su vez cualquier variabilidad del mismo tiene que debatirse, consensuarse y decidirse entre  todos y cada uno de los organismos que posee el gremio especialmente la Asamblea General o en su defecto la consulta vinculante a cada uno de los telefónicos

Los compañeros que integramos la lista Gris tuvimos la  oportunidad de acercar a la Conducción Azul y Blanca en el mes de febrero de 2012   la solicitud perentoria de encauzar vía de la acción gremial este reclamo, porque sosteníamos y lo seguimos haciendo que no alcanza con las acciones judiciales, Es necesario movilizar al conjunto de los trabajadores de la actividad

Lo que queremos es que de una vez por todas FOETRA se ponga al frente de una movilización que nos involucre a todos colectivamente. ¡Si a todos!  Y nos estamos refiriendo a los miles de compañeros de Movistar y Personal que ya están representados por FOETRA o los  que van por  el mismo camino como los trabajadores de Claro,  Nextel, más los  que  surjan de las Cooperativas que adquieran licencias y  que también es necesario involúcralos.

Creemos firmemente  que FOETRA  tiene un potencial enorme en la voluntad colectivaDE TODOS LOS TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES. Esperemos que no se dilapide.

Este año está culminando  y a menos que suceda un milagro nuevamente los trabajadores de base de las empresas telefónicas seremos convidados de piedra en el reparto de las utilidades o ganancias alejándose por este año la posibilidad de movilizarnos por nuestro derecho.

Nuevamente dejamos fijado nuestro compromiso de acompañar las iniciativas que movilicen a nuestro gremio por el 10% de las utilidades para sus trabajadores, si es con la Conducción del Sindicato a la cabeza mucho mejor, En ese camino nos encontraran.                     


ACLARACION

Nadie menciona la Compra que realizaron de las Acciones clase "C" por medio de los testaferro.
Nadie informa de la fuga del capita de los 60.000 dolares que el gobierno utiliz con la luz verde del sindicato para pagar la deuda 
Nadie menciona que en marzo la telecon de Cordoba dejara afuera mas de 500 emplead


------------------------------------------------------------------------------------------------------------


LAS PRUEBAS  FINALES DE LOS BONOS DE PARTICIPACION A LA GANANCIA


ESTOS SON LOS ENCARGADO DE  LA JUSTICIA ARGENTINA -  DICEN QUE NOS DEFIENDEN - CON UNA SOLA MUESTRA - POR AQUELLOS QUE NO ESTÁN MAS - EN ESTE MUNDO - VA NUESTRO RECONOCIMIENTO A SU FAMILIA-QUE LUCHE Y NO SE DEJE CHORREAR  -  PARA LOS COMPAÑEROS:  TELEFÓNICOS - YPF - BANCO HIPOTECARIO -  ETC. ETC. A LA FUERZA NOS PUSIERON - ESTE PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA - CONOCIDO COMO "PPP" - EL ESTADO QUE ERA ENTE CONTROLADOR - NO CONTROLO - JUGARON AL SOLDADITO DE UNA ORQUESTA - SIEMPRE AL PEDO



DEMUESTRAN UNA VEZ MAS  - LA   JUSTICIA QUE TENEMOS - ESTE ES EL ÚNICO INFORMATIVO TELEFÓNICO QUE DICE LO QUE SIENTE - NO COMO "EL TELEFÓNICO" QUE ESTA AL SERVICIO DE LOS MERCENARIOS DE LA EMPRESA.




REGALARON TODO EL PATRIMONIO NACIONAL - HACIÉNDOSE  LOS GRANDES  MARADONA - PATEANDO LA PELOTA - HASTA QUE LE LLEGARA SU JUBILACION - TODO EL CUCÚ - CLAN  JUEZ - SECRETARIO GENERALES Y LOS LLAMADOS ABOGADOS DEFENSORES - TODOS COMIERON JUNTO Y ESTUVIERON FELICES DURANTE - MAS 20 AÑOS A COSTILLA DE JUAN PUEBLO "EL EMPLEADO TELEFÓNICO"




DESDE 1990 A 2012


  UN PRESIDENTE DEMOCRÁTICO   - SIGAMEN  QUE LO VOY A DEFRAUDAR- HAN SIDO PAPA NOÉ - CON NUESTRA PLATA PARA ELLOS - DEJANDO LAS ARCAS BACÍAS - PARA AQUELLOS QUE SE SACRIFICARON TODA UNA VIDA




¿Ud Sabia??




A través de un escrito que se titula "Pedido de juicio político. Denuncia de posible organización para delinquir", el abogado José Alberto Bermann solicitó que "se someta a jurado de enjuiciamiento al magistrado convocado para ocupar el cargo de juez de Primera instancia Federal civil y comercial Nº 4, Dr. Raúl O. Tettamanti" por formar parte de una "posible" organización destinada a la comisión de ilícitos con la finalidad de apropiarse ilegalmente de 1.000 millones de pesos.
"He tomado conocimiento de la posible existencia de una verdadera organización destinada a la comisión de ilícitos con la finalidad de apropiarse ilegalmente de más de 1.000 millones de pesos en acciones y dinero en efectivo, correspondientes a los Fondos de Propiedad Participada de empresa de telefonía", señala Bermann en la presentación cuyos detalles publicó ayer el diario Tiempo Argentino.
La denuncia de Bermann, que fue ingresada el pasado lunes 1 de octubre y ya se encuentra en la Secretaría de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura, se fundamenta en dos expedientes: el 8952/2008 "Sánchez Daniel y otro c/administradores de Fondo de Garantía y REC. PPP Telecom Argentina s/sumarísimo" y el 12950/04 "Brambilla, Ramón Agustín y otros c/ Fondo de Garantía y recompra PPP Telecom Argentina y ot. s/división de condominio".
SEGÚN EVITA EN CADA TRABAJADOR ESTA REFLEJADO UNA PARTE DE LA PATRIA
QUIEN HACE OÍDOS SORDOS 
 TRAICIONA LA PATRIA
DEMUESTRA UNA VEZ MAS LOS H.P QUE SON
LE PRESENTAMOS A LOS FELPUDOS
CHUPACULOS Y CAGADORES
DE LOS COMPAÑEROS TELEFÓNICO



El origen de la denuncia se remonta a la presunta actuación ilícita de Tettamanti en los expedientes mencionados y en "los centenares que, con objetos procesales idénticos, conectó a ellos, para urdir una maniobra destinada a disponer de centenares de millones de pesos en acciones de las empresas telefónicas y dinero en efectivo, con la particularidad de adjudicar por vía de "acuerdos homologados", centenares de millones de pesos en honorarios profesionales a abogados litigantes, interventores, liquidadores, etc.".
El ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, denunció el viernes pasado "una maniobra para digitar al juez" que deberá intervenir en el expediente en el que el grupo Clarín objetó el artículo 161 de la ley de servicios de comunicación, que lo obliga a ajustarse a derecho.
Alak también anunció que el Poder Ejecutivo recusará al jubilado juez subrogante Tettamanti, quien fue nombrado de manera transitoria en el juzgado en cuestión.
"Ha sido funcional a la estrategia del Grupo Clarín", aseveró Alak al referirse a la decisión de cinco integrantes del Consejo de la Magistratura de bloquear la designación de un juez titular cubrir ese juzgad



- ESTOS BELLOS ANIMALITOS AUNQUE UD. NO LO CREE 
HAY QUE CUIDARSE 
CADA UNO DE ESTOS ANIMALITOS ESTA REPRESENTADO 
EN FORMA FISTICIA COMO LO INDICA EL "MILLER"
POR UN RESPONSABLE
EL GOBIERNO
EL ENTE DE CONTROL
¿ALGUIEN ESTA PRESO?
TODO ES UN CIRCO 
A LOS ESPECTADORES 
QUE SOMOS LO PELOTUDOS  QUE CREEMOS
LE VENDEN EL ESPECTACULO QUE QUIEREN



¿EN TODO DISCURSO Y CAMPAÑA DICEN EL MISMO VERSO?
¿OTROS CONTRATAN ARTISTAS?




PERO EN LA REALIDAD 
UD LO ABRA PODIDO COMPROVAR


¿JUAN PUEBLO ESTA DOMINADOS POR ESTOS SEUDOS DIRIGENTES?
CONOCIDOS COMO LAS HIENAS QUE VIVEN DE LA CARROÑA
PERO ESTÁN EN EL MANDO
ALGUNOS COMO EJEMPLO 
QUIEN LE TOCA EL CULO
NI CON UNA CAÑA DE 100 METROS 
TODOS ESTAN PRENDIDO 
HACEN LO QUE QUIERAN 
LO IDOLATRAN LOS PERRO DE DIENTES DE GOMA
TODOS LADRAN PERO NADIE MUERDE
PERO SI CUANDO UNO HABLA DE LA VERDAD

¿TODOS SON INOCENTE HASTA QUE SE COMPRUEBE LO CONTRARIO?
EL UNICO PAIZ QUE NUNCA SE DEMUESTRA LO CONTRARIO
UNA MUESTRA


TODOS ESTOS SON PALOMITAS DE LA VIRGEN
VIVEN CAGANDO A QUIEN VIVE HONRADAMENTE
Y
PAGA SUS IMPUESTOS

DESDE 1990 A 2012

ESTE PATO DE LAGUNA






DIJO SI A UN DECRETO 395/92 -  PEDORRO - PROSTITUTO - DEJENERADO -  COMO ES ESTE SUJETO QUE DICE SER JUEZ - NUNCA RESPETO LO QUE DICE UNA LEY 26.696 Y LA LEY DE SOCIEDADES 19.595 - LE DIO VIDA A UN DECRETO - Y EL ESTADO COMO ES OTRO PATO DE LAGUNA - TODOS VIVIERON FELICES JUNTO A LOS INTERVENTORES 
COMO HACE ESTOS ANIMALITOS - CAGANDO DESDE ARRIBA A LA GENTE


 SE DAN CUENTA CUANDO INICIAMOS - NUESTRAS - PAGINAS- A TODOS ESTOS HIJO DE PUTA DE LOS SINDICALISTA DELINCUENTES - RATONES - COMO DANIEL SANCHEZ Y OTROS - HAY QUE TOMAR EL SINDICATO Y SACARLO A PATADA EN EL ORTO Y COLGARLO EN LA PLAZA MAYOR - ESTA DEMOSTRADO LO QUE DECÍAMOS MIENTRAS OTROS QUE DICEN SER TELEFÓNICO - SE LO REÍA - COMPAÑERO TOMEMOS EL TORO POR LAS ASTA 

SON TODOS PATITOS SE CAGARON EN LA LEY Y EN LA GENTE - SI -SI - LOS DEFENSORES OTROS GUITRE MAS TAMBIEN

Este sujeto  magistrado que tiene en sus manos la Ley de Medios está acusado de montar una "organización para delinquir", informa Diario Crónica. Tiene varias Sociedades de SRL
 TODA INFORMACION QUE PUBLICAMOS SOBRE EL FAMOSO PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA Y COMO LO ROBARON Y EL ACCIONAR DE ESTE SUJERO.  




PARA QUE HAGA UN CURSO ACELERADO DE JUEZ
AQUI TE DEJAMOS LAS LEYES 
EL DECRETO PEDORRO 395/92

LEY 23.696 - los Art -3ª - 22 - 26 -30 - 38 - 41 -44 etc
LEY 26.572 "JURISPRUDENCIA"  HAY VARIOS CASO UNO ES DE NUESTRO PROFESIONALES
EL PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA UNOS DE LOS PUNTOS  PRICIAPALES
EL PUNTO IV PRECIO "COMO FUE COMPRADA Y COMO LO TENDRIA QUE PAGAR EN EL CORRALITO NO ENTRO"

PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DE TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A.
ACUERDO GENERAL DE TRANSFERENCIA - ANEXO "CF".
CONTRATO DE FIDEICOMISO
Entre el Banco Ciudad de Buenos Aires. representado en este acto por su Gerente General Señor Hugo Harley ARBARELLO, en adelante ‘BANCO FIDEICOMISARIO"; y (al la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones, representada en este acto por el señor Secretario Doctor Wylian OTRERA, (b) los empleados-adquirentes (los que no hubiesen otorgado poder especial, por sí; los que otorgaron poder especial, por sus mandatarios), y (e) la Obra Social de Empleados Telefónicos de la República Argentina (OSTEL). representada en este acto por su presidente Dn. Diógenes Salazar, en adelante "LOS CONSTITUYENTES", se conviene en celebrar el presente contrato de fideicomiso de garantía y administración.
PRIMERO: Las acciones clase "C" (emisión originaria) de TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. o los certificados definitivos o provisorios representativos de las mismas. se depositarán en el BANCO - SE PAGO EN 1998 Y JAMAS LO DIERON
 - FIDEICOMISARIO, mientras no se encuentren totalmente pagas ni liberadas de la prenda, conforme lo fija la Ley N° 23.696 artículo 34 "in fine".

SEGUNDO: El BANCO FIDEICOMISARIO tiene poder especial, conferido por LOS CONSTITUYENTES en este mismo instrumento, para cobrar y percibir (dentro del plazo establecido en el artículo 17 de los estatutos sociales) los dividendos correspondientes a las acciones clase "C". distribuidos de acuerdo a lo que obre en los balances respectivos de la Sociedad, conforme se desprende implícitamente del artículo 35 de la Ley N° 23.696

En este punto es garrafal encontramos que acepta la ley 26696 lo cual el decreto no se tendría que haber tenido en cuenta  - la joda de caja de empleado que perderá los juicios o pasara mas de 20 años que por ley le pagaría los últimos 10 años - encontramos que la vaquita de dolares desapareció - pero todo ladrón o criminal vuelve al lugar del hecho - hacer lugar la ley de sociedades 19550 - no da el lugar al decreto 395/92 - todo se retrataer en el tiempo de origen desde 1990 - encontramos que jugaron con la necesidades de los trabajadores  - lo cual el trabajador tiene que cobrar un interés desde 1990 esta en el PPP -   capitulo IV - es decir hasta el año 2006 en dolares y 2006 en adelante en pesos. El estado es el Principal Implicado por no controlar 



y del Punto 10.2.2. del Acuerdo General de Transferencia. Asimismo, el BANCO FIDEICOMISARIO tiene poder para Iniciar las acciones legales pertinentes en caso de negativa de TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. a distribuir los dividendos correspondientes a las acciones clase "C" de dicha Sociedad.
TERCERO: El BANCO FIDEICOMISARIO pagará al Estado vendedor a través del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, con los dividendos percibidos, las sumas fijadas en el Acuerdo General de Transferencia, en los plazos y modos ah establecidos, en concepto de cancelación del precio de la transferencia de las acciones clase "C" a los empleados-adquirentes.
Si hubiere un remanente de dividendos, el Banco Fideicomisario reintegrará al fondo de Garantía y Recompra los gastos que hubiese realizado conforme al artículo 11 de este Contrato, luego de lo cual y una vez hechas las deducciones que por el Punto 8.1. del Acuerdo General de Transferencia se deben realizar, el BANCO FIDEICOMISARIO procederá a abonar a los empleados adquirentes —en proporción a sus respectivas tenencias— la cantidad de dividendos que le correspondan. Para ello pondrá a disposición sus agencias o sucursales en la Ciudad de Buenos Aires y en el Gran Buenos Aires, recurriendo a efectos de los pagos en el interior del país a la estructura de la Obra Social de Empleados Telefónicos de la República Argentina (OSTEL). quien deberá rendir cuenta al Banco de las operaciones realizadas dentro de un plazo no superior a un mes de recibido el encargo.
CUARTO: El BANCO FIDEICOMISARIO llevará un listado de los empleados-adquirentes en el que constarán (a) la cantidad de acciones clase "C" que le correspondan a cada uno, de acuerdo a lo que resulte de aplicar los coeficientes de participación aprobados por Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; (b) valor de dichas acciones; (c) monto adeudado por cada uno de los empleados-adquirentes a la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones por la transferencia de las acciones; (d) cancelaciones parciales que se realicen en virtud de la percepción de dividendos y en su caso, cancelación total; (e) todo otro dato u observación que se estime conveniente incluir.
El BANCO FIDEICOMISARIO realizará todas las gestiones y trabajos pertinentes para obtener la inscripción de las tenencias accionarias ante la Caja de Valores y la emisión de los correspondientes certificados de titularidad para la concurrencia y/o para otros fines. Las erogaciones que el Banco Fideicomisario realice para el cumplimiento de estas tareas están comprendidas dentro de la comisión fijada en el artículo 11 del presente Contrato.
QUINTO: El BANCO FIDEICOMISARIO realizará todas aquellas operaciones que directa o indirectamente se encuentren relacionadas con el Fondo de Garantía y Recompra, conforme lo establece el Punto 10.2.3. del Acuerdo General de Transferencia. Asimismo, realizará todas aquellas operaciones conexas de acuerdo a lo fijado en los Puntos 8.3., 8.3.1, 8.3.2., 8.3.3., 8.3.4, 8.4., 8.5., 8.6., 9.3.2.2., 9.3.2.3., 9.3.2.4. del Acuerdo General de Transferencia.
SEXTO: A los efectos de dar cumplimiento a los Puntos 8.1. y 8.1.1. del Acuerdo General de Transferencia, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires procede a la apertura de la cuenta "FONDO DE GARANTIA Y RECOMPRA PPP TELECOM" a nombre del Comité Ejecutivo de la sindicación de acciones, en depósito a plazo fijo. Por el dinero depositado en el Fondo de Garantía y Recompra, cl BANCO FIDEICOMISARIO abonará un interés equivalente al vigente en plaza para operaciones de igual envergadura.
SEPTIMO: El BANCO FIDEICOMISARIO podrá adelantar, si el Fondo de Garantía y Recompra no tuviere, y a pedido del Comité Ejecutivo de la sindicación de acciones. los fondos necesarios para la integración de nuevas acciones que se emitan como consecuencia de un aumento de capital, cobrándose, por el monto adelantado y los intereses que se fijen, de los dividendos que dichas acciones produzcan. Los empleados adquirentes otorgarán derecho de prenda sobre dichas acciones a favor del BANCO FIDEICOMISARIO.
OCTAVO: A los efectos de dar cumplimiento al fideicomiso encomendado, la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones entregará al Banco Fideicomisario un medio magnético y el correspondiente listado respaldatorio, con la información necesaria para la correcta individualización de los empleados-adquirentes que posibilite el cumplimiento de las tareas encomendadas en los artículos 3°4°, y 9°, del Presente Contrato.
NOVENO: El BANCO FIDEICOMISARIO enviará semestralmente a la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones un catado de las operaciones realizadas. Asimismo el BANCO FIDEICOMISARIO elaborará un informe anual para cada uno de los empleados-adquirentes.
DECIMO: El presente contrato tendrá vigencia hasta que las acciones clase "C" (emisión originaria) de TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. se encuentren totalmente pagas y liberadas de la prenda.
DECIMO PRIMERO: Por sus servicios, el BANCO FIDEICOMISARIO percibirá una comisión, cuyo monto mensual será de dólares sesenta mil (U$S 60.000). Las comisiones serán descontadas del Fondo de Garantía y Recompra, siempre que no se viole lo establecido en el Punto 8.4. del Acuerdo General de Transferencia, en lo relativo al encaje.
DECIMO SEGUNDO: A todos los efectos de este contrato, el BANCO FIDEICOMISARIO constituye domicilio en Sarmiento 611 Capital Federal, la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones en Hipólito Yrigoyen 250 Piso 11 of. 1122, Capital Federal y OSTEL en Ambrosetti 134 Piso 7 de Capital Federal. Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito. En caso contrario, se reputarán válidos los avisos y comunicaciones dirigidos al último domicilio conocido.
DECIMO TERCERO: Con el objeto de dar cumplimiento al Punto 2.2. del Acuerdo General de Transferencia, se transfieren al Banco Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta ‘FIDEICOMISO BCBA PPP TELECOM’. la sum obrante en la cuenta 2079/92 del Banco de la Nación Argentina. Los intereses que se devenguen por las sumas depositadas serán acreditados al Fondo de Garantía y Recompra. De la misma manera se procederá en los casos de los dividendos que se perciban en el futuro hasta la realización de las imputaciones que por el Acuerdo General de Transferencia y sus anexos se dispongan.
DECIMO CUARTO: Las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales de la Capital Federal, con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
DECIMO QUINTO: Este contrato se firma en cinco (5) ejemplares del mismo tenor.







El juez Raúl Tettamanti no sólo es señalado como el magistrado que el Grupo Clarín quiere en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 para conseguir un fallo favorable en cuanto la constitucionalidad de la Ley de Medios, sino que también registra un pedido de juicio político, tras ser acusado de ser parte de“una organización para delinquir”, en el marco de una causa en la que estaban en juego más de 1.000 millones de pesos de la empresa Telecom. 

El tiempo pasa y sigue disfrutando de lo que no pertenece - por lo menos - hace mas de 20 años que el orto lo tenemos roto - distribuyan varios tarros de vaseline 


El abogado José Alberto Bermann presentó una denuncia ante el Consejo de la Magistratura de que Tettamanti fue autor de maniobras fraudulentas “con la finalidad de apropiarse ilegalmente de más de 1.000 millones de pesos en acciones y dinero en efectivo, correspondientes a los Fondos de Propiedad Participada” de la empresa telefónica



Es el único - los otros como guiñazu y cia  - 20 años - no paso nada






SON LOS PATITOS QUE MIRARON AL COSTADO
TOTAL PARA QUE 
LA COMIDA SE ASEGURARON  CON LOS PELOTUDOS TELEFONICOS 
Y
 TAMBIÉN COMÍAN EN LA DIVISION

"PARA PENSANTE"


En septiembre de 2011 el magistrado dio curso a un reclamo de empleados retirados de Telecom, pero adherentes al Programa de Propiedad Participada de la empresa telefónica. La demanda, presentada por el abogado Jorge Guiñazú, perseguía la división del condominio constituido por el Fondo de Garantía y Recompra del Programa de Propiedad Participada de Telecom y solicitó que se concrete la transferencia a los ex empleados retirados de sus acciones, fondos líquidos y dividendos generados por esas acciones.

Bermann denunció que tomando los centenares de expedientes en los que los ex empleados reclamaban las transferencias, Tettamanti los “conectó, para urdir una maniobra destinada a disponer de centenares de millones de pesos en acciones de las empresas telefónicas y dinero en efectivo también, con la particularidad de adjudicar, por vía de ‘acuerdos homologados’, centenares de millones de pesos en honorarios profesionales a abogados lites, interventores, liquidadores, etcétera”, dice la presentación judicial de Bermann.

Esos millones de pesos de los que dispuso Tettamanti al “conectar” todas las denuncias “dieron adjudicaciones de cifras millonarias al grupo de profesionales que trabajó codo a codo con el juez”.
"El Grupo Clarín sigue ganando tiempo”
En el día de su cumpleaños número 64, el senador e integra el Consejo de la Magistratura Marcelo Fuentes recibió a “Crónica” y denunció una maniobra del Grupo Clarín en complicidad con consejeros de la oposición para designar a Raúl Tettamanti. La palabra de alguien que vio desde adentro cómo se gestó la operación para trabar la aplicación de la Ley de Medios.
-¿Qué sospechas pesan sobre el consejero Recondo?
-Había una denuncia contra Ricardo Recondo hecha por una de las concursantes a cubrir los juzgados vacantes (María Lorena Gagliardi), puntualmente sobre del que dictaminará sobre la constitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios. En esa denuncia se solicita que se lo aparte del concurso, él ya había participado de la designación del juez subrogante Tettamanti para cubrir ese juzgado, pero estaba descalificado para elegir reemplazante. Son hechos graves, según la denunciante, implica el entorpecimiento de la designación de los jueces naturales.



-¿Recondo también es funcional a Clarín?
-¡Claro! ¿Cómo va a votar Recondo un concurso para elegir un juez titular cuando él está poniendo un juez subrogante? Por eso pedimos que se aparte Recondo porque advertimos de la gravedad del tema.

-¿Por qué ustedes objetan al juez Tettamanti y al consejero (Oscar) Aguad?-Este juez Tettamanti está denunciado por orquestar una banda para quedarse con las acciones de la propiedad coparticipada de Telecom. Hay trabajadores que quieren esas acciones y no están. Se las han dividido entre el juez y los abogados. ¡Es escandaloso! Hay quiénes dicen que están hablando de mil de millones de pesos.
¿Por qué este escándalo no lo publica el diario Clarín? No sale nada porque lo protege. Lo mismo que el consejero Aguad. Está denunciado por la malversación de millones de dólares en la intervención de Corrientes. Y sólo por ese procesamiento no podría integrar el Consejo de la Magistratura. Y Clarín no publica nada de eso. Y el Tribunal de Justicia de Corrientes dijo que la causa no ha prescripto. Está muy claro: alguien denunciado penalmente es muy fácil apretarlo. “Si no fallas como yo quiero, te escracho en el diario”.
-Al respecto, ¿qué fue lo que sucedió durante la sesión del jueves pasado?
-El día de la sesión, el consejero (Mario) Cimadevilla, que preparaba la redacción que solicitaba el rechazo “in limine” contra la recusación a Recondo, el periodista (de TN y La Nación) Adrián Venturale dictaba los términos. El jueves, en las oficinas, los periodistas de Clarín y La Nación le indicaban lo que tenía que hacer.

-Mientras, los días pasan. ¿Ustedes temen que Tettamanti dicte sentencia por el artículo 161?
-En el caso de la denuncia que realizamos contra Recondo, es todo un proceso, que lleva su tiempo. En cambio, el juez Tettamanti está en condiciones de fallar en dos días. Y después el juez ve si le depositaron la guita y se va de vacaciones a las Bahamas (risas).

-¿Sospecha que detrás de esta trama hay coimas, que hay corrupción?
-Yo hablo de presión mediática. Sobre todo contra consejeros que, de acuerdo a sus antecedentes y conductas, son muy vulnerables a la presión del multimedio. Por lo tanto, la conducta en relación a ese multimedio está sospechada. El tema es ese: el poder los grupos fácticos en la Argentina. De esta manera condiciona y es la teoría de la democracia tutelada. Democracia e igualdad ante la ley, bárbaro, pero siempre y cuando no me perjudiquen a mí. Por eso ellos, con todo el poder que tienen, han logrado una sentencia para postergar y no aplicar la ley de medios.

-¿Qué pasa, entonces, si Tettamanti dicta sentencia? ¿Qué pasará el 7 de diciembre?
-Si el juez falla, el Estado apela. Y otra vez volver a empezar: si está o no vigente la medida cautelar. Y sigue el Grupo Clarín ganando tiempo. Sigue manipulando, apretando y buscando escenarios políticos que le sean favorables. 
  
El origen de la denuncia se remonta a la presunta actuación ilícita de Tettamanti en los expedientes mencionados y en "los centenares que, con objetos procesales idénticos, conectó a ellos, para urdir una maniobra destinada a disponer de centenares de millones de pesos en acciones de las empresas telefónicas y dinero en efectivo, con la particularidad de adjudicar por vía de "acuerdos homologados", centenares de millones de pesos en honorarios profesionales a abogados litigantes, interventores, liquidadores, etc.".
El ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, denunció el viernes pasado "una maniobra para digitar al juez" que deberá intervenir en el expediente en el que el grupo Clarín objetó el artículo 161 de la ley de servicios de comunicación, que lo obliga a ajustarse a derecho.
Alak también anunció que el Poder Ejecutivo recusará al jubilado juez subrogante Tettamanti, quien fue nombrado de manera transitoria en el juzgado en cuestión.
"Ha sido funcional a la estrategia del Grupo Clarín", aseveró Alak al referirse a la decisión de cinco integrantes del Consejo de la Magistratura de bloquear la designación de un juez titular cubrir ese juzgado.
NOSOTROS EN TIEMPO ATRAS SE LO MENCIONAMOS MUCHOS NO LO CREIAN  CUANDO SE LO INDICABAMOS- HOY YA ES REALIDAD - NO SOMOS 678 - COMO ES EL TELEFONICO - EN SU BLOG - QUE SE CALLARON SIEMPRE PORQUE ESTA AL SERVICIO DE LA EMPRESA.














lunes, 08 de octubre de 201201:00 | Política


Pidieron el juicio político del cuestionado juez Tettamanti

El juez Raúl Tettamanti, designado de manera transitoria en el tribunal que deberá definir la constitucionalidad del artículo 161 de la ley de servicios de comunicación audiovisual, objetado por el grupo Clarín, fue denunciado por supuesto fraude con acciones de Telecom y pidieron su juicio político.


¿NO ES SUPUESTO?
ESTA TODO ESCRITO EN LOS SIGUIENTES BLOGGER

Para entrar en el tema la ley se toma por derecho y hechos - los hechos están a la vista cuando - Un juez aprueba un decreto como 395/92 que lo supera a la ley de Sociedades 19550 y la 26696 - son dos leyes fundamentales en los PPP - desde 1990 a 2012 - los únicos perjudicado fue por el accionar conjunta con el sindicato la Familia Telefónica - la ley reconoce los últimos 10 años para pagar - cuanto se han trabado de las ganancia del sacrificio del trabajador telefónicos - el mismo sistema se aplico para los de YPF - Banco Hipotecarios y otros. El estado tiene que pagar porque el ente controlador de turno se borro con los bolsillos bien lleno junto al trio galleta de la Justicia - esto es claro y sencillo - Son Delincuentes con titulos Abilitante - Donde se ha visto de nuevo lo mencionamo un decreto pedorro que supera la ley - EN ARGENTINA Y LOS JUESES  QUE DIERON OKA  - PASARON 10 AÑOS - SE COMIERON TODAS LAS GANANCIA COMO DIGIMOS CUANDO COMENZAMOS A ESCRIBIR EN DOLARES HASTA 2001 - TODOS NUEVAMENTE QUE COBRARON DEBERAN HACER UNA DENUNCIA PENAL LE FALTA COBRAR UN 60% MAS LOS INTERESES SIGAMOS

El juez Raúl Tettamanti, designado de manera transitoria en el tribunal que deberá definir la constitucionalidad del artículo 161 de la ley de servicios de comunicación audiovisual, objetado por el grupo Clarín, fue denunciado por supuesto fraude con acciones de Telecom y pidieron su juicio político.
A través de un escrito que se titula "Pedido de juicio político. Denuncia de posible organización para delinquir", el abogado José Alberto Bermann solicitó que "se someta a jurado de enjuiciamiento al magistrado convocado para ocupar el cargo de juez de Primera instancia Federal civil y comercial Nº 4, Dr. Raúl O. Tettamanti" por formar parte de una "posible" organización destinada a la comisión de ilícitos con la finalidad de apropiarse ilegalmente de 1.000 millones de pesos.
"He tomado conocimiento de la posible existencia de una verdadera organización destinada a la comisión de ilícitos con la finalidad de apropiarse ilegalmente de más de 1.000 millones de pesos en acciones y dinero en efectivo, correspondientes a los Fondos de Propiedad Participada de empresa de telefonía", señala Bermann en la presentación cuyos detalles publicó ayer el diario Tiempo Argentino.
La denuncia de Bermann, que fue ingresada el pasado lunes 1 de octubre y ya se encuentra en la Secretaría de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura
POR LA DUDA SI NO LO CONOCEN ESTE ES EL PRINCIPAL H.P DE LA CIUDAD DE CORDOBA Y LOS DE BUENOS AIRES


Se fundamenta en dos expedientes: el 8952/2008 "Sánchez Daniel y otro c/administradores de Fondo de Garantía y REC. PPP Telecom Argentina s/sumarísimo" y el 12950/04 "Brambilla, Ramón Agustín y otros c/ Fondo de Garantía y recompra PPP Telecom Argentina y ot. s/división de condominio". Se cagaron de risa y bailaron todos durante años a costilla de los afiliados.







El origen de la denuncia se remonta a la presunta actuación ilícita de Tettamanti en los expedientes mencionados y en "los centenares que, con objetos procesales idénticos, conectó a ellos, para urdir una maniobra destinada a disponer de centenares de millones de pesos en acciones de las empresas telefónicas y dinero en efectivo, con la particularidad de adjudicar por vía de "acuerdos homologados", centenares de millones de pesos en honorarios profesionales a abogados litigantes, interventores, liquidadores, etc.".
TODO FALLO SE VUELVE AL PRINCIPIO Y LO CUAL LAS ACCIONES TIENEN QUE  PERTENECER A LOS DUEÑOS ORIGINALES - PORQUE NO SE PODIA TRANFERIR - LO RECIBIDO EN LA SUPUESTA VENTA DE ACCIONES - QUEDARA A CUENTA DE LOS INTERESES QUE EL ESTADO TENDRA QUE PAGAR CON BONOS O CON LA PUTA MADRE QUE LO PARIO 
El ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, denunció el viernes pasado "una maniobra para digitar al juez" que deberá intervenir en el expediente en el que el grupo Clarín objetó el artículo 161 de la ley de servicios de comunicación, que lo obliga a ajustarse a derecho.
Alak también anunció que el Poder Ejecutivo recusará al jubilado juez subrogante Tettamanti, quien fue nombrado de manera transitoria en el juzgado en cuestión.
"Ha sido funcional a la estrategia del Grupo Clarín", aseveró Alak al referirse a la decisión de cinco integrantes del Consejo de la Magistratura de bloquear la designación de un juez titular cubrir ese juzgado.

En la ciudad de Córdoba hay muchos abogados que han estafado a sus clientes especialmente - una de ella es la Dta Maria Marta Meller Paz - Domiciliada en Barrio Urca  - que hace figurar otro domicilio - ha estafado a varios compañeros Telefónico -

Nuestra investigación llega que por parte del Estudio de la Dta. Vico  el Dt. Guiñazu y el Banco Ciudadetc.

Esta Dta. si se le puede decir Mickey Mause Meller - ella fue la única que cobro- lo cual a muchos compañeros le hizo firmar un papel en blanco - mediante una nota que ella firmo para cobrar y realizar tramite - ese es un medio comprovativo lo cual lo lleno de otra forma - hacemos un Recordatorio   a los compañeros que fueron estafados por esta Michey Mause que hagan la denuncia correspondiente 

CONCLUSIÓN

Es importante que los Abogados que muchos han contratado - son los encargado de investigar y dar a luz publica de lo que han hecho - hacer que la justicia - le haga pagar con años en la cárcel - no como mucho por lo que se llenaron - en country.



Se han llenado gracia a los compañeros que han creído en ello tomándolo estos reverendo Hijazo de Puta de Pelotudo - Eso le pasa porque el Pelotudo Obrero cuando tiene alguien que lucha por ello - se sienta en la sombra de un árbol para que el otro ponga el pecho y reciban las balas -. es el cómodo de la Negrada de los vivos pelotudos - Informamos a muchos que pusieron el Pecho uno que tomo notoriedad Publica fu Salguero en Córdoba y en Córdoba  hubo muchos Delegados que recibieron las balas por esta nueva sociedad de los Vivos Pelotudos que se ríen de quien pone el pecho - por eso nosotros este Diario por decir y darle un Nombre - No es darlo a conocer quien somos - si esta asesorado por esos delegados que lucharon contra la corrupción.

La plata tiene que ser  devuelta - con los intereses correspondiente a lo que esta identificado en el contrato PPP - en su art. 4ª - que se pague de acuerdo al primer padrón de socios - el motivo esta dado que muchos tienen acciones que no esta permitido tenerla - en el PPP lo menciona - se debe investigar el Activo de cada Secretario General de la Foeesitra y Foetra - junto staff del estudio de  que lo acaseraran  Ejemplo mas común Sanchez Daniel -  Stella Yanguez - Gallardo y otros tienen mas de 100.000 acciones cuando el PPP - no lo permite - Todos los Secretarios de las Distintas Provincia - tienen su buen cupo de acciones sacada de los trabajador
.
Demuestra este Micker Mausoe


Desde 1990 hasta 2006 - Dio el si al Decreto 395/92 -  Todo criminal quiere borrar las huellas del crimen que en el 2008 - cuando se jubilo - lo que escribió con el codo aprobando el decreto lo borro dando lugar a la ley  23696  y 19550 - Los Abogados se supone esta para defender lo Derechos de su clientes se durmieron mas de 20 años - que los responsable realizaron todas las maniobras fraudalenta que el cuerpo del delito por los hecho esta demostrado pero falta que alguien baje el martillo de la justicia de la culpabilidad - 

20 años que algunos compañeros no están mas - pero si su viudas he hijos que lo curraron a todos - es hora compañero de tomar el toro por las asta - no lo manoseen mas. de Políticas currera y que estén sentado toda una vida viviendo bien ellos a costilla de los Pelotudo que esperan que pongan el pecho por el 






RECIEN INFORMAN Y SE DAN CUENTA







BONO de PARTICIPACION en las UTILIDADES [Comunicado de la Lista Gris]


A todos los compañeros: 

Hemos recibido, no sin un dejo de preocupación, el comunicado de la "Mesa de Unidad Sindical" que nos informa de la decisión tomada por el conjunto de las organizaciones que la integran, de comenzar a realizar "acciones judiciales por el cobro de los bonos de participación en las ganancias".


Solo en el ámbito de aplicación de FOERTRA Sindicato Bs. As. alrededor del 80% ya inició acciones judiciales hace años, quedando este comunicado un poco a destiempo aquí, donde los compañeros de base, desde los lugares de trabajo, con muy buen tino y reflejos tuvieron la política correcta.

En lo anterior radica nuestra preocupación, pues lo planteado en el comunicado 972, por lo menos en el ámbito de Foetra Bs As- No es ni novedoso, ni lo mas esperado. Son incontables los compañeros que ya iniciaron acciones judiciales con importantes resultados en las sentencias.


Lo que realmente esperábamos el conjunto de los trabajadores ES QUE FOETRA, SE DEFINIERA DE UNA VEZ POR TODAS, A RECLAMAR POR LA VIA DE LA ACCION GREMIAL COLECTIVA que los grupos empresarios TELEFONICA (fija, datos y móviles) Y TELECOM (fija, datos y móviles) comenzaran desde 2012 en adelante a abonar lo que por ley nos corresponde. Mientras, Los reclamos judiciales de años anteriores continuaran su derrotero de justicia en el ámbito que le compete, para que también las empresas paguen lo que nos deben. Dos políticas: una mirando hacia atrás en la que los trabajadores telefónicos ya avanzaron y otra hacia delante con ACCION GREMIAL COLECTIVA.

Es por este convencimiento que en febrero de este año quienes suscribimos esta carta solicitamos imperiosamente a la Comisión Administrativa de – Azul y Blanca- de Foetra sindicato Bs. As que asumiera sin dilación el compromiso de comenzar el camino del reclamo colectivo. Lo hicimos por nota y entregada personalmente a los miembros de la Organización Gremial. A riesgo de sobreabundar en información transcribimos parte de lo oportunamente expresado en esa nota y reafirmamos la vigencia de su contenido.




CUATRO SINDICATOS PREPARAN DEMANDAS COLECTIVAS CONTRA TELEFÓNICA Y TELECOM

Empleados de telefónicas pedirán en la Justicia participación en las utilidades

06-11-12 00:00 Reclamarán un bono del 10%. Un fallo de la Corte había declarado inconstitucional un decreto de Menem que eximía a las empresas de repartir beneficios y buscan efectivizarloLos sindicatos que nuclean a los trabajadores de las empresas telefónicas reclamarán ante la Justicia que Telecom y Telefónica, las dos firmas privatizadas que se dividen la provisión del servicio, paguen a sus empleados un bono de participación en las ganancias.


Así lo confirmó a El Cronista el secretario general de Foetra, Osvaldo Iaradola. Los gremios reclamarán una participación del 10% en las ganancias de las empresas. En un fallo de 2008, la Corte Suprema habilitó el pago del bono al declarar inconstitucional el decreto 395/1992, del ex presidente Carlos Menem. El decreto había convertido en optativo la distribución obrera de beneficios, que estaba contemplada en la privatización de Entel. La distribución de las ganancias fue complementaria al reparto del 10% de las acciones de las telefónicas entre los trabajadores.
Foetra integra la CGT alineada con el Gobierno que conduce el metalúrgico Antonio Caló y es parte de Fatel, la Federación Argentina de las Telecomunicaciones, es una de las cuatro representaciones gremiales que conformaron la Mesa de Unidad y buscan la implementación del bono de participación en las ganancias. Las otras tres son la Unión de Personal Jerárquico, la Federación de Obreros, Especialistas y Empleados de los Servicios e Industria de las Telecomunicaciones (Foeesitra) y la Federación de Organizaciones de Personal de Supervisión (Fopstta).
¿QUE ISIERON DESDE 1990 A 2012 - COMIENDOLE LA GANANCIA A LOS EMPLEADOS - RECIEN SABEN QUE UN DECRETO NO PUEDE SER SUPERIOR A LA LEY?
Las cuatro entidades publicaron el lunes una solicitada en los diarios Clarín y Crónica en la que convocaron a los trabajadores sindicalizados a “expresar por escrito su consentimiento” para que los gremios puedan representarlos en “una acción colectiva en defensa del derecho de participación en las ganancias” como trabajadores de Telefónica y Telecom. Según los gremios, hay unos 20.000 trabajadores en esa condición. Los empleados deben firmar un poder a favor de los gremios para que éstos puedan acudir a la Justicia.
En 2008, en el fallo “Gentili, Jorge Mario y Otros contra Estado Nacional y Otros”, la Corte declaró inconstitucional el decreto que hacía optativo el reparto de ganancias e instruyó a los juzgados de primera instancia para que fijen el porcentaje del reparto de dividendos. Pero los jueces no sentaron jurisprudencia uniforme en ese sentido y los sindicatos ahora reclaman un 10%, a pagarse con el salario del mes posterior a la presentación de balances.
Según Iadarola, los gremios tomaron la decisión de volver a la Justicia luego de intentar negociar con las empresas la participación obrera en las utilidades. El Cronista consultó a las telefónicas que, al cierre de esta edición, prefirieron no hacer declaraciones.
La participación en las ganancias que reclaman los telefónicos “no tiene nada que ver con el proyecto de Héctor Recalde”, aclaró Iadarola, en relación a la iniciativa del diputado y abogado laboralista que quiso el año pasado promover una ley de participación obrera en las utilidades de las empresas. El proyecto de Recalde, histórico abogado de Hugo Moyano y ahora enemistado con el camionero, fue dejado de lado por la presidenta Cristina Fernández. “El Estado no puede imponer la participación de trabajadores en ganancias empresarias”, sostuvo la mandataria.
Uno de los sindicatos que mantiene acuerdos de distribución de dividendos es el del Neumático. Tras la crisis de 2001, empresarios y obreros acordaron un reparto de beneficios cuando superen el 6%.


hay que tener presente que :


Justicia ordena a Telefónica a hacer 

partícipe de sus ganancias a 

trabajadores




13.08.2008 08:27:46
La Corte Suprema reconoció el derecho de los trabajadores de Telefónica de Argentina a participar en las ganancias de la empresa y a que se les pague retroactivamente una indemnización por haber sido privados del Programa de Propiedad Participada en las ganancias (PPP). 


Según el diario La Nación, el régimen de PPP, que implicaba la obligación de emitir y entregar a los trabajadores bonos de participación en las ganancias, había sido establecido por la ley 23.696, que abrió el proceso de privatización de las empresas de servicios públicos, pero luego fue dejado sin efecto por el decreto 395/92, que ayer la Corte declaró inconstitucional. 


La causa Gentini, en la que recayó el fallo del alto tribunal, fue promovida por 20 empleados, que actuaron con el patrocinio de la abogada Liliana Zavala y se inició en 1998. Hace dos meses, se realizó en la Corte una audiencia pública, en la que también actuó, en defensa de Telefónica SA, el constitucionalista Daniel Sabsay. 


Pero ésa es sólo una de las muchas demandas que ya están en la Corte a la espera de obtener idénticas sentencias que beneficiarán, por lo menos, a unos 6000 empleados de Telefónica SA y de Telecom SA. 


Voceros de la empresa dijeron que Telefónica aún no había sido notificada del fallo y que, por el momento, no habría declaraciones al respecto.


La decisión del alto tribunal lleva las firmas del presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti; Elena Highton de Nolasco; Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. En disidencia votaron Enrique Petracchi y Carmen Argibay. 


Casi todos esos expedientes se tramitaron en la justicia civil y comercial federal. La causa Gentini lo hizo en el fuero laboral. 


En casi todos los casos, los jueces inferiores se pronunciaron en contra del reclamo indemnizatorio. Pero la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal estableció que los empleados tienen el derecho a participar en el 2 por ciento de las utilidades anuales de la firma, según explica Zavala. 
La Corte, en su fallo de ayer, no adopta ese criterio y, en rigor, no toma ninguno. La determinación del monto indemnizatorio, dice el alto tribunal, quedará en manos de los jueces inferiores. 



Pero es previsible que la participación en las utilidades de las telefónicas involucra cifras considerablemente elevadas. 


La indemnización 


El máximo tribunal tan sólo fijó un único parámetro para ponderar cómo se distribuirá la carga de pagar dicha indemnización: los responsables de pagarla serán el Estado nacional y Telefónica y para ponderar el respectivo grado de responsabilidad deberán tener en cuenta dos factores: 


• Por un lado, el Poder Ejecutivo, si bien tenía la tarea de velar por la ejecución del régimen de PPP, dictó el decreto 392 y lo obstaculizó. 


• Por el otro, las normas previas a la licitación que dio lugar al concurso público que ganaron las telefónicas establecían "claramente" la obligación de las adjudicatarias de instrumentar el régimen de PPP. 


Debido a estas contradicciones legales, decenas de trabajadores iniciaron demandas por daños y perjuicios contra ambas operadoras y contra el Estado. 


El fallo de la Corte recuerda que el derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de las empresas fue reconocido en la reforma constitucional de 1957 y, más allá de la discusión que siempre existió acerca de la vigencia de ese derecho, éste fue expresamente establecido en la ley 23.696, de la que nació un derecho subjetivo de los trabajadores de las privatizadas. 


La Corte señala que varios decretos reglamentarios hicieron especial previsión de la reserva del diez por ciento del capital de la ex Entel para asignarlo a la ejecución de ese régimen y también encontró referencias expresas a ese asunto en el pliego de Bases y Condiciones que precedió el concurso público en las que Telefónica y Telecom resultaron adjudicatarias. 


"La emisión de bonos de participación en las ganancias resultaba una consecuencia necesaria", dice la Corte, pero el decreto 392, al que la Corte consideró un decreto reglamentario -que no tuvo pretensión de ser un decreto delegado- violó el citado deber legal.


No hay comentarios:

Publicar un comentario